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El
proceso ejecutivo laboral tiene una característica fundamental; solo se puede
tramitar en los procesos en los que
existe un derecho cierto, es decir, hay un documento con
certificación legal en el que se reconoce el derecho; por ende, el proceso
ejecutivo hace referencia a un proceso garante de efectuar la ejecución del
dictamen legal, el cual puede tener diversos orígenes entre los que se
señalan:
Judiciales, emana de un juez, por medio
de una sentencia.
Administrativos, decisiones emitidas por los
funcionarios administrativos, tales como, el Ministerio de Trabajo, por
ejemplo, en los casos en los que impone multas a los empleadores por violar
normas reglamentarias, o las impuestas por el Servicio Nacional de Aprendizaje
–SENA– a los empleadores que incumplen con la obligación de contratar
aprendices, etc.
Particulares, provienen del empleador o del
trabajador, sin requerir la intermediación de alguna autoridad, como el
documento que contiene un contrato de transacción.
Mixtos, intervienen las partes y un funcionario
público en ejercicio de sus funciones, como las actas de conciliación.
Las características más relevantes del proceso ejecutivo laboral
son: para iniciar dicho proceso se requiere la constancia en un documento, la
procedencia del documento debe ser del deudor o del causante, o de una decisión
judicial o administrativa y en este documento debe encontrarse de forma
expresa, la obligación, de forma clara, contundente y exigible
ELABORADO POR: JAVIER ANTONIO NARVAEZ
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